Bases Legales Incentivo

1. Objeto y mecánica de la promoción

La presente promoción está organizada por Bankinter S.A. con la finalidad de incentivar a nuevos clientes de Roboadvisor que contraten uno o varios planes de pensiones o una o varias carteras ofrecidas por Roboadvisor, efectuando una aportación entre el 27 de enero de 2020 y el 30 de enero de 2020, ambos inclusive.

La promoción se rige por las bases establecidas en el presente documento. Su aceptación por parte del cliente es condición previa para participar en la promoción.

La promoción consiste en un ingreso en efectivo por valor de 100€ a cada cliente que se dé de alta en Roboadvisor con el código HOLAPOPCOIN y contrate uno o varios planes de pensiones o una o varias carteras de Roboadvisor y haga una aportación de al menos 8.000€.

El partícipe deberá mantener la inversión efectuada en uno o varios planes de pensiones o una o varias carteras Roboadvisor durante un período mínimo de 12 meses y cumplir los requisitos fijados en el punto 4 de estas bases. El ingreso de 100€ se realizará entre el 1 de mayo de 2020 y el 15 de mayo de 2020.

2.Comunicación

La promoción se comunicará a través de las RR. SS. habituales de Roboadvisor y los medios de comunicación contratados para tal fin.

3. Ámbito territorial

Esta promoción tiene ámbito nacional.

4.Vigencia y condiciones para ser participante

La vigencia de la promoción será entre el 27 de enero de 2020, desde las 00:00 horas (hora central europea, CET) y el 30 de enero de 2020, hasta las 23:59 horas (hora central europea, CET), ambos inclusive. Los participantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

- Que sean personas físicas, mayores de edad y residentes en España.

- No tengan ningún impago en Bankinter o en cualquiera de sus filiales o participadas a la fecha de la promoción.

- No sean empleados de ninguna empresa perteneciente al Grupo Bankinter ni tengan suscrito con Bankinter S.A. un contrato de Agente de entidad de crédito ni sean Colaboradores de Bankinter o empleados de los mencionados Agentes o Colaboradores cuando los mismos sean personas jurídicas.

- La oferta no es acumulable con cualquier otra promoción y solo es válida para clientes que no se hayan registrado con anterioridad en Roboadvisor.

5. Premio

El premio, consistente en un ingreso en efectivo por valor de 100€, se ingresará a los nuevos clientes que hayan completado el alta en Roboadvisor entre el 27 de enero de 2020 y el 30 de enero de 2020, ambos inclusive, con el código HOLAPOPCOIN y hayan realizado una aportación, según los importes mínimos descritos en el apartado 1. Objeto y mecánica de la promoción.

Una vez terminada la campaña, se realizará la comprobación de que los nuevos clientes utilizaron el código HOLAPOPCOIN y tienen contratadas las carteras Roboadvisor o los planes de pensiones de Roboadvisor por los importes mínimos descritos en el apartado 1. Objeto y mecánica de la promoción. De ser así, se realizará el ingreso de 100€ entre el 1 de mayo de 2020 y el 15 de mayo de 2020.

El premio no es acumulable a otras promociones y es válido solo para clientes que no se hayan registrado con anterioridad en Roboadvisor.

6. Limitación de responsabilidad

Bankinter S.A. se reserva el derecho a efectuar cualquier cambio en las Condiciones de la promoción, así como a suspenderla o a ampliarla en el momento en que lo considere oportuno o por causas de fuerza mayor, siempre haciendo públicos dichos cambios y previas las autorizaciones administrativas que, en su caso, correspondan.

Bankinter S.A. se reserva el derecho a interrumpir en cualquier momento el acceso a la presente promoción, ya sea con carácter temporal o definitivamente, por motivos de seguridad, de reestructuración o interrupción de los servicios informáticos, caídas de las líneas telefónicas o cualquier otra causa justificada que así lo aconseje, sin que de ello pueda derivarse ni responsabilidad alguna para Bankinter ni derecho a indemnización a favor de los Clientes o Participantes.

Bankinter S.A. no se hace responsable de los daños o perjuicios derivados de la participación en esta promoción, ni de la falta de disponibilidad de la promoción debido a problemas de carácter operativo o técnico no imputables a esta entidad. Tampoco será responsable de posibles daños o perjuicios que se pudieran derivar de interferencias, omisiones, interrupciones, virus informáticos, averías telefónicas o desconexiones en el funcionamiento operativo del sistema, motivadas por causas ajenas al Banco; de retrasos o bloqueos en el uso del sistema y causados por deficiencias o sobrecargas de líneas telefónicas o sobrecargas en el Centro de Proceso de Datos del Banco, o en otros sistemas electrónicos, siempre que se produzcan por causas ajenas a Bankinter S.A. así como de daños que puedan ser causados por terceras personas mediante intromisiones ilegítimas en el sistema elegido, fuera del control del Banco. Asimismo, se exonera al Banco de responsabilidad ante cualquier daño o perjuicio que pudiera sufrir el Cliente como consecuencia de errores, defectos u omisiones en la información facilitada por el Banco, siempre que proceda de fuentes ajenas al mismo; así como de los daños o perjuicios que pudiera sufrir el partícipe ganador como consecuencia de la aceptación y disfrute del premio asignado.

7. Ley y jurisdicción aplicable

La interpretación y el cumplimiento de las Bases se regirán por la legislación española. El fuero competente será el de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero competente, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.

8. Fiscalidad

El ganador del Premio soportará la tributación que le corresponda, según el caso, por la obtención del Premio, así como las retenciones o ingresos a cuenta que Bankinter deba practicar sobre el Premio, de acuerdo con la normativa aplicable.

A título ilustrativo, se indica que, de acuerdo con la normativa actualmente vigente (que podría haber sido modificada o sustituida al tiempo en que se deba efectuar la retención o ingreso a cuenta), los Premios están sujetos a retención o ingreso a cuenta del 19% siempre que su base de retención (esto es, su importe si son dinerarios, o el resultado de incrementar su valor de adquisición o coste para Bankinter en un 20%, si son en especie) sea superior a 300 Euros (300,51 Euros en caso de que el ganador sea sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades).

Será de aplicación la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el Real Decreto no 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades; Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes.

Corresponderá a Bankinter, en su caso, la práctica de la retención conforme a la normativa anteriormente citada.